Desde Abantes Abogados compartimos con vosotros un caso de éxito de exoneración de un pasivo de 811.000 euros extendiéndose también a los créditos de derecho público.

La Magistrada del Juzgado Mercantil nº 4 de Madrid apuesta por la exoneración del crédito de derecho público tal y como defiende el Tribunal Supremo en su sentencia de 2 de julio de 2019 y la Directiva sobre reestructuración e insolvencia, cuya trasposición debe hacerse a más tardar el 17 de julio de 2021, establece que al menos uno de los procedimientos de exoneración que establezcan los Estados debe desembocar en la “plena exoneración de deudas

Entendemos que este es el espíritu del mecanismo de segunda oportunidad y que debería ser la doctrina aplicada por todos los Juzgados que conocen de estos procedimientos

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *