En el Boletín Oficial del Estado de ayer 18 de noviembre de 2020 se publica el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria.

En su Disposición final décima se modifica la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, introduciendo una nueva suspensión del plazo que determina la obligación de presentar la solicitud de concurso voluntario, que se fija ahora en el 14 de marzo de 2021, no pudiéndose hasta esa fecha admitir a trámite las solicitudes de declaración de concurso necesario que se presenten en relación el deudor.

La disposición también afecta a la solicitud de declaración de incumplimiento de convenio o de incumplimiento de un acuerdo de refinanciación, de las que se dará traslado al deudor, suspendiéndose su tramitación hasta el 30 de abril de 2021 y el 28 de febrero de 2021 respectivamente. Durante dicho periodo el deudor podrá presentar una propuesta de modificación del convenio aprobado o del acuerdo de refinanciación homologado.

Queda por ver la eficacia de esta medida, ya que muchas empresas se encuentran al límite y retrasar aún más la declaración de su concurso de acreedores puede comprometer gravemente su viabilidad o las expectativas de cobro de los acreedores.

Puedes leer el BOE publicado el 18 de noviembre de 2020 aquí:

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