Compartimos un nuevo caso de éxito de un concurso de persona física

Hoy compartimos una buena noticia… ¡hemos logrado la conclusión de un concurso consecutivo de persona física!

Ha sido por desaparición de la situación de insolvencia, al haber obtenido el concursado refinanciación por parte de una entidad bancaria dentro del procedimiento concursal.

¡Un caso de éxito gracias a la buena predisposición de todas las partes implicadas!

Nuevo caso de éxito de exoneración de un pasivo de 811.000 euros

Desde Abantes Abogados compartimos con vosotros un caso de éxito de exoneración de un pasivo de 811.000 euros extendiéndose también a los créditos de derecho público.

La Magistrada del Juzgado Mercantil nº 4 de Madrid apuesta por la exoneración del crédito de derecho público tal y como defiende el Tribunal Supremo en su sentencia de 2 de julio de 2019 y la Directiva sobre reestructuración e insolvencia, cuya trasposición debe hacerse a más tardar el 17 de julio de 2021, establece que al menos uno de los procedimientos de exoneración que establezcan los Estados debe desembocar en la “plena exoneración de deudas

Entendemos que este es el espíritu del mecanismo de segunda oportunidad y que debería ser la doctrina aplicada por todos los Juzgados que conocen de estos procedimientos

Conexión entre el mundo universitario y el empresarial: Abantes Abogados recibirá alumnos en prácticas de la Universidad de Navarra

Desde Abantes Abogados estamos orgullosos de anunciar nuestro primer convenio de colaboración educativa para la realización de prácticas académicas de estudiantes universitarios con la Universidad de Navarra, referente educativo, que se encuentra entre las 100 primeras universidades del mundo en 5 áreas del ranking QS y apuesta por la calidad en la enseñanza, el talento, reconocimiento y retos.

En Abantes apostamos por la formación jurídica de alumnos que quieran aprender la profesión de la abogacía y convertirse en profesionales del derecho.

Los concursos de acreedores caen un 2% en 2020 a la espera de una ‘avalancha’ para este año

Los concursos de acreedores han caído un 2% en 2020 respecto al año anterior, hasta los 4.376 registrados en España, según el estudio de Informa D&B. Este descenso se produce pese a la mayor crisis económica de los últimos 80 años en España. No obstante, el dato tiene algo de truco, puesto que el Gobierno aprobó en noviembre de 2020 un real decreto de medidas económicas que, entre otras cosas, extendía hasta el 14 marzo de 2021 la suspensión del deber de pedir el concurso de acreedores, es decir, amplia la moratoria ya existente para que las empresas insolventes declaren concurso de acreedores.

La directora de Estudios de Informa D&B, Nathalie Gianese, ha señalado que la «esperada avalancha concursal» por la Covid-19 no se ha producido en 2020 porque la moratoria para presentar el concurso de acreedores se ha extendido hasta abril de 2021, lo que ha aplazado la decisión para muchas empresas. No obstante, muchas empresas están en situación de quiebra técnica.

En diciembre, el número de concursos ha crecido un 15% en el interanual, hasta 460. Sin embargo, la cifra es un 7% inferior a la de noviembre, mes en el que también los datos habían sido más bajos que en octubre, que registró la cifra más elevada del año con 546 concursos.

No obstante, el informe revela que ha crecido el porcentaje de empresas que presenta al mismo tiempo la declaración concursal y de extinción, pasando del 48% en enero a más del 57% en diciembre. En los meses de septiembre y octubre superó incluso el 60%. El 54% de los concursos declarados en 2020 fue exprés (extinción simultánea).

Cataluña, Madrid y Valencia concentran el 60% de los concursos

Cataluña es la comunidad con mayor cantidad de concursos desde enero, más de una cuarta parte del total (1.127), por delante de Madrid con 893 y la Comunidad Valenciana con 677. Más del 60% de los concursos iniciados en 2020 se localiza en estas tres comunidades.

En algunas comunidades autónomas crecen los concursos respecto al año anterior. En Cataluña, el incremento es de un concurso, en Valencia del 1% y en Madrid supone ya el 11%. Andalucía y Murcia son las que más disminuyen en valor absoluto, restando 49 y 43 procesos, respectivamente.

Por el contrario, cierran el año con menos concursos: Andalucía (-12%), Aragón (-14%), Castilla-La Mancha (-11%), Castilla y León (-22%), Ceuta (-75%), Melilla (-33%), Extremadura (-20%), Galicia (-10%), Canarias (-12%), Murcia (-34%) y Navarra (-44%).

En diciembre, las mismas comunidades son las más afectadas, Cataluña alcanza 117 concursos (+18%), Madrid 103 (+30%) y Valencia 79 (+43%). Los datos descienden en siete comunidades: Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Galicia, La Rioja, Murcia y Navarra.

Comercio y construcción lideran los concursos

Aunque hostelería es el sector que más incrementa en valor absoluto las cifras de concursos declarados, suma 101 para cerrar el año con 459, los sectores donde más concursos se han iniciado en 2020 son comercio, con 985, y construcción y actividades inmobiliarias con 827, que recortan un 18% y un 10%, respectivamente, siendo los que más bajan en valor absoluto.

En diciembre, la situación es similar. Hostelería es el que más crece, es decir, añade 40 concursos a los 34 del año pasado, comercio alcanza 98 y construcción y actividades inmobiliarias con 69 son los más castigados, aunque disminuyen respecto al mismo mes en 2019.

Vía: El Economista

¡Nos mudamos de Majadahonda a Madrid!

Hoy os queremos contar una noticia que teníamos muchas ganas de dar. Tras el confinamiento por COVID-19, decidimos hacer algo que llevábamos tiempo queriendo hacer, mudarnos a un nuevo despacho.

Ha sido un gran cambio, porque hemos pasado de situarnos en Majadahonda al barrio de Salamanca, en el centro de Madrid. Nos gusta esta nueva localización, porque nos permite estar más cerca y mejor comunicados con todos nuestros clientes.

¿Dónde estamos?

Nuestro nuevo despacho se encuentra en la calle Ortega y Gasset, en el barrio de Salamanca. Concretamente, en la CALLE JOSÉ ORTEGA Y GASSET, 84, 2º CENTRO 28006 MADRID.

¿Puedo contactar con vosotros de la misma manera?

Sí. Aunque hayamos cambiado de dirección nuestras direcciones de correo y teléfonos siguen siendo los mismos.

¡Os esperamos en nuestro nuevo despacho!

Las novedades que introduce el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria

En el Boletín Oficial del Estado de ayer 18 de noviembre de 2020 se publica el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria.

En su Disposición final décima se modifica la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, introduciendo una nueva suspensión del plazo que determina la obligación de presentar la solicitud de concurso voluntario, que se fija ahora en el 14 de marzo de 2021, no pudiéndose hasta esa fecha admitir a trámite las solicitudes de declaración de concurso necesario que se presenten en relación el deudor.

La disposición también afecta a la solicitud de declaración de incumplimiento de convenio o de incumplimiento de un acuerdo de refinanciación, de las que se dará traslado al deudor, suspendiéndose su tramitación hasta el 30 de abril de 2021 y el 28 de febrero de 2021 respectivamente. Durante dicho periodo el deudor podrá presentar una propuesta de modificación del convenio aprobado o del acuerdo de refinanciación homologado.

Queda por ver la eficacia de esta medida, ya que muchas empresas se encuentran al límite y retrasar aún más la declaración de su concurso de acreedores puede comprometer gravemente su viabilidad o las expectativas de cobro de los acreedores.

Puedes leer el BOE publicado el 18 de noviembre de 2020 aquí:

La ley 3/2020 de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia y su incidencia en la obligación de solicitar la declaración de concurso

El 1 de septiembre de 2020 entró en vigor el Texto Refundido de la Ley Concursal, reforma legal necesaria que viene a sistematizar  y reordenar la Ley Concursal.

Sin embargo, a pocos días de su entrada en vigor su contenido se ve temporalmente afectado por la Ley 3/2020 de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, publicada en el BOE del 12 de septiembre.

La Ley 3/2020 viene a sustituir al Real Decreto Ley 16/2020 de 28 de abril, siendo su finalidad, en el ámbito concursal, establecer un marco de flexibilización de la obligación que asumen los deudores insolventes de solicitar la declaración de concurso. La crisis generada por la paralización de la actividad económica generada por la declaración del estado de alarma y las restricciones de movilidad ligadas a la pandemia del  COVID-19 ha incidido gravemente en la situación económica de empresas y particulares.

La Ley 3/2020, ante la posibilidad de que ese hecho motive un incremento exponencial de los concursos de acreedores, pretende evitar, por un lado, la avalancha de concursos en unos  juzgados de lo mercantil saturados de trabajo que difícilmente podrían tramitarlos en plazos razonables; y por otro evitar que el deudor insolvente se vea abocado necesariamente al concurso, ofreciéndole alternativas para solucionar su mala situación económica.

En este sentido, destacamos dos aspectos de la normativa.

En primer lugar, se establece una moratoria de la obligación de solicitar  la declaración de concurso por parte del deudor insolvente  hasta el 31 de diciembre de 2020. Durante ese periodo tampoco se admitirán a trámite las solicitudes de declaración de concurso necesario formuladas por los acreedores u otros legitimados. La finalidad es facilitar la exploración por el deudor de escenarios paraconcursales, como puede ser el acuerdo extrajudicial de pagos o el acuerdo de refinanciación, que permitan superar su situación de insolvencia y evitar el concurso de acreedores que, seguramente, llevaría aparejada la liquidación del patrimonio del deudor.

En segundo lugar, hasta el 14 de marzo de 2021 se ofrece a aquellos deudores que se encuentran cumpliendo un convenio concursal, un acuerdo extrajudicial de pagos o un acuerdo de refinanciación, que, dado el deterioro impredecible  de su situación económica como consecuencia de la crisis, puedan presentar a los acreedores una propuesta de modificación del convenio o acuerdo, evitando así, en caso de ser aprobado por los acreedores, la declaración de concurso o la liquidación de su patrimonio, efecto que de no existir esta norma iría asociado a la declaración de incumplimiento del convenio concursal, del acuerdo extrajudicial de pagos o del acuerdo de refinanciación.

Compartimos un auto que exonera el pasivo insatisfecho de una vecina de Madrid

Compartimos con vosotros Auto de fecha 30 de julio de 2020 dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 41 de Madrid en virtud del cual se declara la exoneración del pasivo insatisfecho por importe de 60.000 euros de una mujer vecina de Madrid, empleada de hospital.

Mercedes puede empezar de nuevo su vida, sin deudas, gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.

Puedes leerlo al completo aquí:

Anunciamos nuestra colaboración con Libertiun

Estamos encantados de compartir con vosotros la noticia de que Abantes Abogados y Economistas va a colaborar con la plataforma LIBERTIUN, líder en exoneración de deudas, para poder seguir creciendo y prestando el mejor asesoramiento en Ley de Segunda Oportunidad.

Su filosofía de trabajo como no, coincide plenamente con la nuestra. Seguiremos acompañándote en cada una de las fases del procedimiento para responder a tus necesidades de la manera más eficaz posible.